Por Edgardo A. Amaya Cóbar
Asistimos a un creciente activismo de algunos representantes de la judicatura, abiertamente adscrito al fetichismo jurídico y populismo punitivo –propios del discurso oficial–, que goza de la complaciente –cuando no, cómplice– cobertura de algunos medios de comunicación, los que favorecen opiniones compatibles con sus agendas en lo que respecta a la justicia y su animadversión ideológica hacia la judicatura independiente. “Para que apriete la cuña, tiene que ser del mismo palo”.
Asistimos a un creciente activismo de algunos representantes de la judicatura, abiertamente adscrito al fetichismo jurídico y populismo punitivo –propios del discurso oficial–, que goza de la complaciente –cuando no, cómplice– cobertura de algunos medios de comunicación, los que favorecen opiniones compatibles con sus agendas en lo que respecta a la justicia y su animadversión ideológica hacia la judicatura independiente. “Para que apriete la cuña, tiene que ser del mismo palo”.
Esta filiación ideológica aunada su falta de identidad político-institucional como juzgadores, los lleva a proponer perfiles alternativos de la figura judicial –como lo vemos ahora en el contexto de la selección los nuevos jueces contra el crimen organizado–, distorsionantes de la independencia y la imparcialidad, plegados a agendas externas a la función judicial. Un perfil político-ideológico, no técnico.
Su travestismo consiste en pretender convertir al juez en verdugo, aliado del acusador y apéndice del Ejecutivo –distorsionando el diseño constitucional de aplicación de justicia–, y lo que es peor, llegan a sugerir la propuesta de vulnerar el mismo esquema de constitucionalidad y legalidad en favor de los animos punitivos, alegando que los derechos humanos o las garantías son estorbos para la aplicación de la ley.
Para ellos existen dos tipos de jueces mutuamente excluyentes: los duros –donde se ubican e identifican– y sus contrarios, los garantistas, señalados de revoltosos e izquierdistas. De esta forma, siguiendo su lógica de exclusión refleja, serían ellos, derechistas.
Esta retórica barata, propia de una mentalidad autoritaria y maniquea, encubre interesadamente hechos o los tergiversa. Por ejemplo, se quejan de que las leyes son favorables a los delincuentes o que los jueces son “hipergarantistas” y favorecen al imputado, bien ¿cómo entonces es que las cárceles, terriblemente hacinadas, han alcanzado una cifra record de 14,683 personas privadas de libertad (207 presos por cada 100 mil habitantes), en su gran mayoría condenadas? ¿no es inconsecuente e irresponsable plantear más condenas, sin otras alternativas, en un contexto tan grave como el existente?
Plantean implícitamente que los jueces deberían servir solo para condenar, pero un contraste con la realidad, muestra que su coherencia es deficitaria. Para ellos existen dos tipos de sospechosos: los de su discurso, los malos, el delincuente común u organizado de mediana escala, el pandillero, que merecen condena ipso facto. Y los otros sospechosos, los que no entran en su discurso, son los buenos, los que tienen derecho a la presunción de inocencia, a quienes no se les importuna, no se les molesta, se les dispensa buen trato y pleitesía.
Para muestra, ¿En el caso de la Sección de Probidad, los ex miembros de la administración Flores, incluido el mismo ex Presidente, fueron objeto de la lógica de este discurso de culpabilidad automática de alguno de estos voceros judiciales pro-oficialismo? ¿Acaso no, mediante maniobra jurídicamente cuestionable –defendida y apoyada por alguno de estos voceros–, se reformaron las facultades de la Sección de Probidad de la CSJ para quitarle el desarrollo de las investigaciones, de las que posteriormente la Corte dio, sin mayores detalles, una resolución limpiando las sospechas planteadas previamente sobre la mayoría de investigados, noticia a la que la prensa apenas dedicó espacio.
En resumen, éste discurso es esquizoide e incoherente. Además, atentatorio contra la democracia y la institucionalidad cuando sugiere tácitamente la necesidad de desobedecer la Constitución y otras leyes –que como juzgadores juraron cumplir– como los tratados internacionales ratificados por el país y vigentes como leyes de la república. Ello es un acto apologético de la anomia, que se coloca en las antípodas del Estado de derecho.
¿Puede ejercer de Juez un hombre transgénero?
ResponderEliminar