28 de octubre de 2015

¡10 años en línea!


Cuando abrí este blog no creí que llegaría a tener tanto tiempo en línea, aunque en los últimos años lo tuve abandonado por motivos profesionales. Ahora estoy tratando de revitalizarlo en un país donde siempre hay algo que decir en materias de seguridad y justicia, seguiré aquí, a contracorriente.

21 de octubre de 2015

¿Más armas, menos crimen? Armas de fuego registradas en El Salvador

De acuerdo con estimaciones de la Small Arms Survey en el año 2011 para El Salvador se calculaba un aproximado de 400 mil armas de fuego entre legales e ilegales en circulación.

Nunca podremos conocer en exactitud el número de armas ilegales en circulación, pero sí es posible saber cuántas armas han tenido estatus de legalidad en el país. En tal sentido, hace algunas semanas solicité  al Ministerio de la Defensa Nacional la estadística de armas de fuego registradas por particulares (personas naturales o jurídicas) en dicha instancia desde que existe ese mecanismo de control, las cuales se presentan en el gráfico de abajo:


En total, desde 1994, se han registrado 230,957 armas de fuego entre largas y cortas aunque hay que hacer la salvaguarda de que una parte de ellas probablemente ya cumplió su vida útil, no funcionan o han sido destruidas, o fueron derivadas al mercado ilícito por cualquier motivo y traficadas fuera del país, por lo que probablemente el número existente de armas registradas es menor.

Lo llamativo de estos datos es que, luego de una década de relativa estabilidad en el número de registros, en el año 2012 se de un incremento sustantivo que duplica al año previo, pero más sorprendente es que la tendencia al alza se vuelve a duplicar en 2013 y tiene un ligero declive en 2014 pero es aún superior a los años previos a 2012. Para el mes de julio de 2015, se tenía aproximadamente la mitad del número de registros del año precedente, por lo que es probable que lo iguale.

¿Qué fue lo que cambió significativamente el comportamiento del mercado de armas? El incremento no se explica por un cambio normativo, tampoco por la ampliación de capacidades del Ministerio de la Defensa en la materia. Una hipótesis es atribuir la armamentización al incremento de la inseguridad, sin embargo, y sin ánimo de ser simplistas, al contrastar los datos, 2012 y 2013. fueron los años con menos homicidios del pasado reciente, coincidentes con la denominada tregua entre pandillas, también los niveles de victimización en general, se mantuvieron estables, por lo que parece que el ambiente no generaba un estímulo tan fuerte para la armamentización.

Al menos hay dos cosas ciertas: la gente ha optado mucho más por armarse y, segundo, la mayor circulación de armas no ha contribuido a la reducción de la delincuencia ni la inseguridad, las cuales aumentaron a partir de 2014 con la finalización de la denominada tregua.

12 de octubre de 2015

La cárcel en El Salvador o de cómo una pretendida "solución" se convirtió en un gran problema

El Salvador registró a finales de septiembre de 2015 una población penitenciaria de 31,412 (74% condenados; 26% provisionales), equivalente a una tasa de 496 personas privadas de libertad por cada 100 mil habitantes (probablemente una de las 10 más altas del mundo según los parámetros del World Prison Population List 2013), el 90% son hombres y 10% mujeres. Los cupos penitenciarios existentes son aproximadamente 10 mil para una población de más de 31 mil privados de libertad, por lo que hay un 216% de exceso sobre la capacidad instalada. El dato no incluye a las personas que se encuentran detenidas provisionalmente o hasta condenadas en instalaciones policiales.



Alberto Binder sostiene que los dos principales y esenciales indicadores para determinar la dimensión de la violencia en una sociedad son: la tasa de homicidios por cada 100 mil habitantes, que nos habla de la violencia intersubjetiva y, en ocasiones, también de la violencia “legal” y, el segundo es la tasa de privados de libertad por cada 100 mil habitantes que nos habla de la violencia institucional. En ambos, El Salvador se coloca en posiciones superiores del ranking mundial.

Durante mucho tiempo, el "sentido común" indicaba que poniendo a la mayor cantidad de "malos" dentro de la cárcel, por la mayor cantidad de tiempo posible, el problema de la criminalidad se iría arreglando. La evidencia histórica nos dice que eso no ha sido así y, que la cárcel lejos de ser una solución, es un problema, grande, complejo y uno de los más difíciles a gestionar por la política de seguridad. 

El funcionamiento de la justicia penal salvadoreña orbita alrededor de la privación de libertad, es su fin y principal problema. Para el caso, la Policía se queja de que sus bartolinas están repletas de detenidos, incluso personas en detención provisional, o hasta condenadas, que no son recibidas en centros penitenciarios porque ya no tienen espacio. Esto absorbe recursos operativos y genera un problema de seguridad para las instalaciones policiales, además de las graves violaciones a los derechos humanos que ello supone. 




Pues bien, las bartolinas y las cárceles no se llenaron solas y la policía tiene mucho que ver en ello. Luego tenemos la operatoria del sistema penal que actúa de manera muy cómoda. Por ejemplo, la ley dice que para detener administrativamente a una persona (máximo 72 horas) deben concurrir los presupuestos para la detención provisional: probabilidad de haber cometido un delito grave (pena mayor de 3 años de cárcel), peligro de fuga o entorpecimiento de la investigación y la “alarma social”. Sin embargo, muchos hechos de menor relevancia, a veces originados por la interacción entre policías y ciudadanos, terminan siendo objeto de detención. Según datos relevados por medios de comunicación, el 84% de las detenciones realizadas por la PNC son por delitos menores. Y los fiscales no tienen tiempo  o ganas para estar revisando la concurrencia de los requisitos legales para las decenas o cientos de detenciones policiales.

Luego, el caso pasa a sede judicial, donde debe esperar la audiencia (otras 72 horas máximas) Fácilmente, una persona detenida por un incidente menor, pierde seis días de su vida privado de libertad, ocupando espacio en una bartolina atestada, para ser sobreseído o impuesto de una sentencia no privativa de libertad.

Sin embargo, aunque una importante cantidad de capturados sean liberados en las primeras etapas del proceso, un porcentaje es enviado a detención provisional. Si bien, El Salvador es uno de los países de las américas con menor porcentaje de privados de libertad en espera de juicio (26%), ello aún está lejos del uso excepcional de la medida tal como lo dispone la Convención Americana de Derechos Humanos. El uso excesivo de la detención provisional aumenta el hacinamiento carcelario y las demandas de atención de los privados de libertad. 

Esta obsesión con la privación de libertad revelan el ADN autoritario que nos configuró como sociedad. Todo se espera resolver por encarcelamiento o encierro. Se proponen penas más duras y largas, se propone institucionalizar (encerrar) a niñez en riesgo y hasta se le considera una forma de prevención. Tan arraigada es la fijación con el encierro que cuestionar estas realidades es considerado descabellado, un despropósito.



La crítica a la cultura punitiva tiene diferentes abordajes. El primero es de tipo ético: el respeto de la humanidad y dignidad de las personas independientemente de su condición como condenado y la búsqueda de un mínimo de resocialización que revierta o que al menos no agrave negativamente su comportamiento futuro. En un contexto social cargado de miedo y odio, este planteamiento es considerado cuando menos, infantil o una apología del delito y el delincuente. No es, digamos, la mejor manera de entrar en esta discusión.

El segundo abordaje podría ser desde lo funcional, el análisis económico de costos y beneficios («¡Es la economía, estúpido!») Lo que importa es si funciona o no funciona, si provee resultados positivos o negativos.

El investigador estadounidenses Benjamin Lessing, en su estudio How to build a criminal Empire from behind bars (Cómo construir un imperio criminal desde atrás de los barrotes), en el que analiza, entre otros casos, el salvadoreño, concluye que en materia de justicia penal, las sentencias privativas de libertad de larga duración y las políticas muy activas de control del delito como la mano dura,  terminan teniendo un efecto contraproducente: asegura el poder de las pandillas en las cárceles y el Estado termina trabajando para ellas.

En primer lugar, les otorga un espacio de poder. Sabemos que las cúpulas de pandillas se encuentran en prisión, desde donde ejercen influencia sobre los grupos que se encuentran en el exterior. ¿Por qué alguien en libertad debe obedecer a alguien que está lejos, privado de libertad sin capacidad de supervisión ni control? Simple: porque un día podría caer preso. La policía se esfuerza mucho por eso. Y una vez dentro, se encontrará con sus jefes.

En segundo lugar, el cuerpo puede volverse inmune a la medicina. Si tienes a personas privadas de libertad que nunca o difícilmente saldrán vivos de sus sentencias, el único estímulo que tienen es pasarlo lo mejor posible dentro de la cárcel, puesto que las consecuencias por sus actos, ya poco pueden hacer por empeorar su situación. ¿Qué hacemos si se pilla delinquiendo a un privado de libertad condenado a 40, 50 años? ¿Meterlo preso? Ya está preso. ¿Ponerle más años de pena? No le importa, sabe que no saldrá vivo o entero de todas formas.

Una visión predominantemente punitiva y retributiva de la cárcel, en contra del ideal resocializador de la Constitución, tiene otros problemas prácticos como la generación de poblaciones estacionarias. Este problema se agrava en la medida que el derecho penal se va expandiendo y pretendiendo amenazar con penas gravosas a delitos comunes o frecuentes. La Sala de lo Constitucional ha hecho un flaco favor al promover una interpretación que la pertenencia a pandillas pueda ser homologable a la figura de pertenencia a una organización terrorista (Ver columna sobre esta sentencia en este mismo blog). Esto quiere decir que quienes puedan ser perseguidos y condenados por agrupaciones ilícitas, puedan ser acusados y sentenciados por vía de la Ley Especial contra Actos de Terrorismo, con una penalidad mucho mayor. No hay que perder de vista que las pandillas constituyen el 35% de la población penitenciaria.

El hacinamiento y sobrepoblación tienen consecuencias gravosas además del fortalecimiento de grupos criminales, la principal de ellas son la falta de control de la población penitenciaria, la imposibilidad material de ordenarla según etapas y criterios de peligrosidad y  la corrupción con todos sus efectos, uno de los más visibles es la proliferación de prácticas extorsivas al interior y exterior de los centros penitenciarios. La policía ha establecido que la mayoría de las extorsiones se originan desde centros de privación de libertad. Esto no se explica como producto de astucias malvadas o de falencias de las autoridades competentes para atender el problema, es una cuestión estructural: un sistema penal que funciona para meter gente presa, sin mayores inversiones en su tratamiento y control. He ahí los resultados.

Si el esquema a seguir se mantiene, entonces habrá que pensar en ampliar la capacidad penitenciaria, como mínimo, triplicarla en el corto plazo al costo de varias decenas de millones de dólares en construcción, sin contar con las necesidades de personal, equipamiento y manutención de la población recluida. Esto es claramente insostenible e incosteable fiscalmente. 

También se deben considerar los usos políticos que la precariedad penitenciaria y el hacinamiento pueda tener por parte de grupos criminales. Las condiciones carcelarias serán la una "causa" y una "justificación" de su comportamiento criminal y un espacio para unificar a sus miembros (trauma bonding), frente a lo cual, el Estado carecería de legitimidad para exigir un comportamiento diferente. 

Esto no quiere decir que no hay que encarcelar, ni que los casos más graves necesiten medidas de mayor intensidad. Es una llamada al equilibrio y a la búsqueda de maneras más inteligentes de manejo del problema, sobre todo con los delitos de menor gravedad. 

Recientemente en una columna del Blog Sin Miedos del BID, se destacaba el decrecimiento de la población penitenciaria en Suecia. Guardando las distancias comparativas, había dos lecciones fundamentales, la primera, es la apuesta real por los procesos de rehabilitación para cortar carreras criminales y asegurar una mejor reinserción social tras la salida del sistema y en esto, el mismo blog había señalado, en otra columna, los resultados promisorios del programa “Yo cambio” de la Dirección General de Centros Penales de El Salvador para evitar la reincidencia delictiva. 

La segunda lección del caso sueco era los beneficios del cumplimiento de penas en libertad bajo supervisión a través de brazalete electrónico –iniciativa también en curso en El Salvador-, aunque la evidencia sobre sus resultados aún está en evaluación.

Pese a lo anterior, a la existencia de problemas graves generados por este esquema y de los beneficios generados desde otros enfoques, la ceguera retributiva y la polarización política que juega suma-cero son los principales valladares que impiden el avance de iniciativas innovadoras y humanitarias.

Plan El Salvador Seguro (PESS)

El PESS reconoció la necesidad de cambiar en alguna medida este comportamiento del sistema penal y para ello propuso algunas recomendaciones, entre ellas:

66. Ampliar el número de jueces de vigilancia penitenciaria.
67. Aumentar el número de consejos criminológicos regionales, completar y ampliar el número de los equipos técnicos para actualizar y procesar expedientes de personas condenadas que han cumplido los requisitos legales para la libertad condicionada o cambio de fase en el cumplimiento de la pena.
68. Revisar los criterios legales e institucionales para la procedencia de las medidas alternativas o sustitutivas de la detención o internamiento provisional
69. Revisar la obligatoriedad de privación de libertad en la detención administrativa y término de inquirir para descongestionar bartolinas.
70. Aprobar el anteproyecto de ley sobre la utilización de brazaletes como parte de las medidas alternativas o sustitutivas de la detención provisional.                      
71. Comprar brazaletes electrónicos e instalación de un sistema de control para su uso, en las medidas alternativas o sustitutivas de la detención provisional.             
72. Crear una comisión para revisar la dosimetría (umbral penal) de los delitos graves ajustándolo a un mínimo de 4 años en lugar de los 3 actuales.
73. Modificar el Código Procesal Penal para convertir sanciones privativas de libertad a sanciones pecuniarias.
74. Reformar el procedimiento de sanción a faltas para estimular su uso como estrategia de disuasión delictiva.
75. Ampliar la infraestructura de centros penales para aumentar cupos con el fin de garantizar el cumplimiento de la pena y la rehabilitación de personas privadas de libertad.
Las reformas propuestas son tímidas, pero correctamente dirigidas. Es urgente y necesaria una reforma de la justicia penal y sus instituciones a fin de revertir los efectos perversos de la cárcel que se traducen en más crimen, más violencia, más corrupción e inseguridad para todos y avanzar a un modelo más humanitario, inteligente y funcional para nuestra sociedad.

1 de octubre de 2015

CICIG, #CICIES (o #CICISV) y el Plan El Salvador Seguro. Tres tesis

De un tiempo acá, se ha venido impulsando por algunos sectores políticos y sociales la idea de constituir una Comisión Internacional contra la Impunidad en El Salvador (CICIES) a la manera de la reconocida CICIG que opera en el hermano país de Guatemala, idea que merece ser analizada y discutida, pero que lamentablemente ha sido ensuciada al ser secuestrada por sectores y personas con intereses más mezquinos que altruistas, con equipo de trolles incluido. De hecho, esta idea fue planteada hace ya cinco años en el marco del gobierno del Presidente Mauricio Funes y rechazada por algunos de los que ahora impulsan la iniciativa.

Las razones para tal propuesta en la actualidad son variadas, sin el ánimo de simplificar, me permito proponer tres tesis representativas, a mi modo de ver, de los argumentos que impulsan esta propuesta:

Tesis N° 1. La situación actual de la violencia y criminalidad ha superado las capacidades del estado salvadoreño y se necesita de una intervención extraordinaria con mayores y mejores capacidades técnicas para afrontar el fenómeno. 

Hay una sensación, basada en la experiencia cotidiana o mediática de la violencia que provoca en el público un justificado sentimiento de desprotección, vulnerabilidad y miedo mientras las autoridades, a pesar de sus esfuerzos, no logran controlar la situación, por lo cual, se concluye, la batalla se está perdiendo.

Más que un problema de superación de fuerzas, lo que hay es un problema de insostenibilidad de una estrategia basada solo en el control y la represión.

Ya conocemos las consecuencias de estos enfoques dominantes y unidimensionales. Mientras no se aborde el fenómeno de manera integral y a través de diversas alternativas, el esquema será continuar peleando una batalla interminable y sufrir sus consecuencias: grupos criminales más organizados, más corrupción, más violencia y confrontación como respuesta, lo que genera más ansiedades políticas y limita seriamente las posibilidades de una deliberación democrática y desapasionada del fenómeno. Basta con ver a la Sala de lo Constitucional sumándose al populismo punitivo como muestra de ello.

Hay una necesidad de reformular e implementar enfoques complementarios para tratar la complejidad. Existen ya en el país, iniciativas como la Política Nacional de Justicia, Seguridad Pública y Convivencia y el Plan El Salvador Seguro del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y Convivencia, orientados en este sentido, pero enfrenta desafíos tales como romper la tradición del manejo centralista y unidimensional,hacia uno más articulado con los territorios y abierto a la intersectorialidad, la planificación orientada a resultados y centrada en las personas.

Sin embargo, es innegable que la superación de la situación actual implica la concentración de esfuerzos y recursos estatales en un contexto de amplias demandas y vulnerabilidades sociales. Aquí sí, la brecha entre necesidad y capacidad es muy grande y se remite a la disponibilidad y necesidad de incrementar recursos para financiar las políticas necesarias para la reducción de la violencia.
Tema en el que algunos promotores de la idea de una CICIES presentan diferencias casi irreconciliables o insalvables. Hasta ahí la coherencia de su discurso.


Tesis N° 2. El problema es el gobierno actual, entiéndase, el ejecutivo, no solo por incapacidad, sino por complicidad con la corrupción y el crimen. La solución es el cambio de gobierno. Una CICIES podría provocar un desenlace político similar al de Guatemala. 

El Salvador no es Guatemala y las circunstancias y dinámicas que llevaron al reciente desenlace político de la situación en el vecino país no parecen reproducirse en El Salvador, por lo que esta posición carece de sustento.

No queremos decir que no hay corrupción en El Salvador, eso sería ingenuo o complaciente, pero sus dimensiones no son comparables con lo ocurrido en Guatemala. A guisa de ejemplo podríamos mencionar que en el índice de Transparencia Internacional de 2014, El Salvador se ubicó en la casilla número 80, mientras que Guatemala se ubicó 35 posiciones abajo en el número 115.

La CICIG surgió en un contexto de una gran inacción institucional contra la impunidad, el crimen y la corrupción. En El Salvador, la población reconoce la existencia de algunas instituciones a las que deposita su confianza y que hacen un equilibrio, frenos y balances como la Sala de lo Constitucional. En perspectiva comparativa, en el ranking de Estado de Derecho del World Justice Project, El Salvador se ubicó en la posición número 57 y Guatemala en la 85.

Además, “les guste o no les guste”, El Salvador tiene un sistema de partidos fuerte que –para bien y para mal– le da estabilidad al sistema político, contribuye al control y balance del poder, al contrario del volátil y fragmentado sistema de partidos guatemalteco. La multiplicidad de actores e intereses en el sistema político guatemalteco genera un contexto de imprevisibilidad de las decisiones legislativas, a contrario sensu de El Salvador donde hay dos partidos grandes y fuertes y un tercer partido que explota su posición como factor numérico para la gobernabilidad.

Un rasgo de la experiencia guatemalteca –injustamente invisibilizado– es el papel trascendental que ha jugado el Ministerio Público en años recientes, desde el nombramiento de la Dra. Claudia Paz y Paz como su titular, su autonomía respecto del poder y su capacidad de enfrentar la criminalidad organizada y sus relaciones con la política, sumado a una reforma institucional y administrativa orientada a la gestión elevaron el perfil de la institución y mejoraron sustantivamente sus resultados.

La lección a retomar de Guatemala es que incluso, en situaciones adversas, la presencia de una fiscalía fuerte, orientada a la eficiencia y apegada a su mandato puede generar cambios sustantivos y cambiar dinámicas establecidas. No se puede explicar el desenlace del caso La Línea –que llevara a la caída del Presidente de la República-, sin la existencia de una continuidad en el desempeño del Ministerio Público en la forma en cómo lo inició Claudia Paz y Paz. .

Este no es el caso de El Salvador, donde el Fiscal General de la República, tradicionalmente no ha enfrentado al poder político y en el que el actual titular, ha actuado de manera cuestionable frente a casos de corrupción y es señalado por no excusarse en el caso del ex Presidente Francisco Flores –procesado por el manejo irregular de donaciones millonarias–, de quién, en el pasado fue abogado de su confianza y, además, socio de negocios con la esposa del mismo.

Los querellantes del caso Flores han denunciado la forma en la que se ha manejado por parte de la FGR, comenzando por “cargar los dados” para llevar la causa a un tribunal cuestionado por sus polémicos antecedentes en el manejo de casos de corrupción y cuyo juez acumula denuncias en la Sección de Investigación Judicial de la Corte Suprema de Justicia (que dicho sea de paso, ha sido incapaz de investigar y resolver eficazmente estos casos), la FGR solicitó la “reserva total del caso”, la querrella cuestionó la medida y la denunció como una maniobra para ocultar el manejo del caso y las ausencias de documentación en el expediente.

Ante los cuestionamientos, el FGR inició proceso penal en contra de los querellantes, acusándoles de haber revelado información del caso que tenía reserva judicial con el razonamiento de que se violaba la reserva al hablar de documentación ausente en el expediente.

Tras la recusación del cuestionado juez, solicitada por la querella, el nuevo juzgador asignado levantó la reserva y ha puesto en evidencia múltiples falencias en la sustentación de la investigación y ha ordenado más diligencias a la FGR con el fin de mantener a flote un caso que amenaza con hundirse.

También el Fiscal General ha sido señalado por viajar –en múltiples ocasiones– en el avión privado de un empresario que ha sido acusado y denunciante en la FGR, quién curiosamente siempre ha obtenido resultados favorables a sus pretensiones en disputas millonarias con sus exsocios comerciales o en los casos planteados en su contra.

No se debe meter las manos al fuego por nadie, pero el problema no es solo la posible corrupción de la condición humana, sino el no poder contar con una institución que sea y parezca integra, con autonomía frente el poder y los intereses económicos para poder controlar este flagelo. Esto nos lleva a la tercera tesis.

Tesis N° 3. La opacidad, hermetismo y la polarización del sistema político y de partidos son lastres que no permiten generar acuerdos reales contra la violencia y la impunidad  ni la promoción de instituciones y funcionarios idóneos e independientes.

La reforma constitucional generada por los Acuerdos de Paz en materia de nombramientos de funcionarios de segundo grado estableció mayorías calificadas (2/3 de los diputados electos), misma que se exige para su destitución, la cual solo puede ser por causales legalmente establecidas como medidas para evitar que partidos o coaliciones en mayoría simple pudieran controlar a su antojo los nombramientos y que, por otro lado, éstos tuvieran un mayor grado de consenso.

La medida tendría como fin, evitar la manipulación de las instituciones a través de nombramientos poco discutidos y evaluados, así como para evitar amenazas a su estabilidad mediante mayorías simples y caprichos políticos.

Lamentablemente, lo que la historia reciente nos revela es que el esquema no estuvo libre de la transacción política y los nombramientos siempre o casi siempre, fueron apadrinados por los principales partidos políticos en negociaciones secretas en la que se han repartido cuotas y cargos. Lo anterior no quiere decir mecánicamente que los funcionarios electos hayan sido absolutamente instrumentos de intereses partidarios, ha habido y hay gente decente que ha actuado profesionalmente en todo momento.

Sin embargo, no cabe duda, que hay espacios de poder donde la tentación de poder controlar lo que ocurre es mucho mayor y la Fiscalía General de la República es uno de esos. En ella hemos visto desfilar a tres militantes del principal partido de derecha como titulares, como muestra de los límites de los pretendidos consensos y reducción de la influencia política que buscaban los Acuerdos de Paz.

En el caso Guatemalteco, la llegada de una fiscal fuerte e independiente como Claudia Paz y Paz, se debió a elementos de diseño institucional por el que la titularidad del Ministerio Público es por nominación del Presidente de la República –fuera de la discusión en el congreso–, de una terna elaborada con base a méritos por una Comisión Postuladora; así como por motivos  extrainstitucionales como la presión internacional sobre el Presidente Colom para que nombrase una persona independiente e idónea para el cargo. El resultado es el que ya conocemos.

Ahora, las preguntas del millón a responder para confirmar o negar la tesis que da origen a este análisis son: ¿Es posible que el sistema político y los partidos políticos salvadoreños favorezcan un proceso de elección basado en méritos, idoneidad e independencia con renuncia a sus intereses inmediatos, o al menos a algunos de ellos? ¿Están dispuestos a respaldar incondicionalmente la lucha contra la impunidad de todos los delitos, en especial los de los poderosos? Hay que ver hacia la reciente elección de Magistrados de la CSJ para saber qué tan dispuestos estuvieron para evitar el peso de los intereses partidarios en la elección. Saque sus conclusiones.

La primera discusión no es si se está a favor o en contra de una Comisión Internacional contra la Impunidad, sino a que si es factible poder propiciar una Fiscalía General de la república fuerte, más allá de los slogans.

Guatemala pudo de la mano de Claudia Paz y Paz, transformó un MP ineficiente e infiltrado por el crimen organizado en una institución eficiente y respetada. Depuró el MP, la Policía y apostó por mejorar la gestión, el procesamiento y los resultados.  En El Salvador, no he visto un cuestionamiento serio a la FGR sobre sus resultados, ni respuesta a las preguntas ¿Cuántos homicidios judicializa, acusa y condena? ¿Cuál es su porcentaje de condenas? ¿Cuál es su porcentaje de sobreseimientos? ¿Su modelo de gestión de casos es eficiente? Respuestas pendientes que deberían ser importantes a la hora de evaluar el desempeño de quienes dirigen la institución y a la hora de pedir más recursos.

Volviendo a la CICIES, tengo mis dudas respecto del entusiasmo de sus impulsores legislativos (todos de ARENA, el principal partido de oposición) En el pasado han expresado sus objeciones a una medida de este tipo para que ahora vengan tan animados con la idea. Creo que es una jugarreta en la que saben que la propuesta (para suerte de ellos) no prosperará, pero podrán salir en caballo blanco y acusarán a los demás de haberla truncado.


Si seguimos la lógica: si no creemos en la posibilidad inmediata de que el sistema político y de partidos logre nombrar un/una titular idónea, independiente y proba para la FGR, mucho menos van a apoyar algo de mayor envergadura y, aunque sucediera, sería muy difícil coexistir con una FGR políticamente cuestionada.

Parece un sistema perverso e irresoluble, pero en buena medida es así gracias a la inacción y delegación de la ciudadanía de estos temas a los políticos, luego nos quejamos de ellos cuando no hemos movido un dedo para revisar y exigir.  Los procesos de elección de los funcionarios de segundo grado deberían ser transparentes y abiertos al público, con reglas claras de ponderación y fundamentación de decisiones.

El Plan El Salvador Seguro 

El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, como una entidad para la toma de acuerdos y consensos sobre aspectos claves que tienen que ver con la seguridad del país, en su informe reconoce y propone medidas para atender algunas de las principales problemáticas relacionadas con la impunidad. A continuación unas de ellas:

N° 54. En el marco de la legislación vigente y con respeto a las competencias fijadas por la Constitución y las respectivas leyes orgánicas institucionales se crea una Comisión Especial con mandato legal para identificar casos de corrupción y/o infiltración de crimen organizado.

N° 55. Actualizar mecanismos de evaluación, prevención, control, sanción y depuración de la corrupción en las instituciones del sector de justicia y seguridad de conformidad a los estándares internacionales de la lucha contra la corrupción.

El CNSCC brinda una propuesta diferente a la creación de una Comisión contra la Impunidad, sino que se orienta a la articulación de capacidades existentes en un mecanismo especial para la investigación y depuración de la infiltración del crimen organizado y lucha contra la corrupción. No obstante ser una propuesta que confía en las capacidades locales, peca de optimismo pues las instituciones no han dado señales claras de querer cambiar el estado de las cosas. De hecho, esta propuesta ni siquiera ha sido mencionada o discutida en medio de la campaña por la CICIES. Para muestra, unos botones:

  • La FGR ha mostrado un comportamiento displicente en casos de corrupción, donde ha solicitado penas menores, se ha cuestionado su falta de rigurosidad en la investigación y se han señalado graves conflictos de interés del Fiscal General, los cuales no han sido resueltos. 
  • El Órgano Judicial mantiene su eterna deuda de depuración desde los Acuerdos de Paz. Jueces pública y seriamente cuestionados se mantienen en sus puestos sin un proceso administrativo que los sancione. 
  • La policía no se ha depurado luego del intento fallido y abortado de la Inspectora Zaira Navas, -bloqueado por parte de la derecha que ahora pide una CICIES-. Los inspectores posteriores no han tenido liderazgo en la materia y no parecen querer complicarse en “tiempos de guerra”, dejando hacer. 
  • La Asamblea Legislativa sigue siendo un salón de negocios políticos donde la transacción por el control o influencia sobre las instituciones sigue siendo moneda de cambio entre los partidos. 
Con todos estos antecedentes, es evidente que hacen falta mecanismos y esfuerzos extraordinarios para cambiar este círculo vicioso de polarización y transacción política, pero no hay que asumir que nuestras soluciones vendrán de fuera –aún y cuando la asistencia técnica es bienvenida-, tienen que venir desde la misma sociedad, eso es lo que nos hace falta construir.


29 de agosto de 2015

Monseñor Romero y la violencia: el horizonte son la justicia y la paz



Al beato Monseñor Oscar Arnulfo Romero le tocó enfrentar días violentos, de confrontación, dolor y muerte, sin embargo, no se dejó llevar por los odios y siguió fiel al Evangelio y sus convicciones, mantuvo el rechazo de la violencia, la injusticia, los abusos de los poderosos y promovía justicia como presupuesto de la paz y reconciliación.

La violencia aún no nos ha abandonado, o más bien, no hemos podido con ella, en gran medida, porque no se ha procurado justicia, no solo en términos institucionales -donde la impunidad reina- sino que, mucho menos, en términos sociales.

Retomo fragmentos de su homilía donde aborda la violencia, reafirmando su vigencia e invitando a su reflexión para provocar acciones en el presente.Tomado del libro "Día a día con Monseñor Romero. Meditaciones para todo el año".

30. Según el corazón de Dios

     Los corazones no quieren oír ni aunque sea un muerto el que les venga a decir: estamos muy mal en El Salvador. Esta figura tan fea de nuestra patria no es necesario pintarla bonita allá afuera. Hay que hacerla bonita aquí adentro, para que resulte bonita allá afuera también. Pero mientras haya madres que lloran la desaparición de sus hijos, mientras haya torturas en nuestros centros de seguridad, mientras haya abuso de sibaritas en la propiedad privada, mientras haya ese desorden espantoso, hermanos, no puede haber paz, y seguirán sucediendo los hechos de violencia y sangre. Con represión no se acaba nada. Es necesario hacerse racional y atender la voz de Dios, y organizar una sociedad más justa, más según el corazón de Dios. Todo lo demás son parches. Los nombres de los asesinados irán cambiando, pero siempre habrá asesinados. Las violencias seguirán cambiando de nombre, pero habrá siempre violencia mientras no se cambie la raíz de donde están brotando todas esas cosas tan horrorosas de nuestro ambiente (Homilía 25 de septiembre de 1977, I-II p. 240)


26 de agosto de 2015

Hablan las "presuntas terroristas"

Luego del revuelo por el posicionamiento de la Sala de lo Constitucional en el que considera como grupos terroristas a las principales pandillas que operan en el país y a quienes colaboren con estas, el periódico El País de España ha publicado el reportaje "Ellas ven, oyen y callan", escrito por Asa Welander en el que recoge testimonios de mujeres salvadoreñas a las que las circunstancias han vuelto colaboradoras de pandillas dada su condición de mujeres y parejas de pandilleros y las difíciles condiciones en las que sobreviven haciendo malabares y equilibrismo bajo dos espadas: la de la ley y la de la pandilla.

Este reportaje demuestra que no es fácil colocar etiquetas en un fenómeno tan complejo.

Posdata: Literatura sobre mujeres y pandillas en El Salvador puede encontrarse en el libro "Segundos en el aire. Mujeres pandilleras y sus prisiones"

24 de agosto de 2015

Esto no es una apología. Sobre la Sala de lo Constitucional y el problema de las pandillas



Hace unos días, en la tuitósfera tuve una breve interacción con otros tuiteros sobre el anuncio de la Sala de lo Constitucional  de revisar la Ley Especial contra Actos de Terrorismo (LECAT) en el marco del proceso de inconstitucionalidad que se inició a dicha norma en el año 2007 (¡hace ocho años!) por diferentes organizaciones de derechos humanos, preocupadas por el eventual uso de ella en contra del movimiento social y expresiones disidentes dada la amplitud y ambigüedad de algunos de sus preceptos, circunstancia que llegó a verificarse ese mismo año tras la captura de manifestantes a los que se les imputó bajo esta ley. Si leen la sentencia, verán mi nombre como demandante.

En el intercambio tuitero, manifesté mi preocupación porque el abordaje de la temática estuviese marcada por la coyuntura y llevara a una respuesta apresurada sobre un asunto de suyo complejo.




El día lunes 24 de agosto, el community manager de la Sala de lo Constitucional se despachó este tuit con comunicado adjunto:




La noticia se espació como fuego en pasto seco. Sin embargo, lo dicho por el tuit no es preciso ni correcto, pero sí un mensaje para lograr golpe de efecto  mediático y político.


Para entender esta “publicidad engañosa”, hay que tener a la vista que la supuesta “declaratoria” que se anuncia en el tuit, es parte del análisis jurídico de la sentencia y no de su parte resolutiva, es decir, no está en el fallo o parte vinculante de la sentencia.  En segundo lugar, esto no se había pedido en las demandas, como se dijo arriba, los demandantes, hace ocho años, tenían otras preocupaciones;  tercero, una declaratoria de ese tipo no es una atribución que tengan los tribunales de manera general, en otras legislaciones, las declaratorias de entidades terroristas provienen de entidades colegiadas o de las ramas ejecutivas pues la clasificación de amenazas es un elemento propio de las políticas de seguridad y, primordialmente, una decisión política, los judiciales pueden intervenir luego de un proceso para dilucidar circunstancias concretas, no ex ante. Finalmente, el resultado del proceso de inconstitucionalidad es establecer, tras un análisis abstracto, la coherencia constitucional de una norma, no establecer imputaciones o calificaciones criminales.

La mención a las pandillas es introducida de manera poco clara o forzada (sí, un poco sacada de la manga a conveniencia. Ver páginas 39-41) como parte del análisis sobre la conceptualización de terrorismo para introducir a los grupos pandilleriles en la definición, utilizando consideraciones fácticas, para, de paso, cargarse la tregua y sus impulsores, negando la posibilidad cualquier tipo de negociación, pero al momento de resolver el fallo, estas consideraciones no son mencionadas. Con este pronunciamiento, la Sala crea una especie de "precedente" para liberar la aplicación de la LECAT, abriendo las compuertas del poder punitivo del Estado.

Fuera de las consideraciones técnicas y esas sutilezas jurídicas, para la mayoría de la población y de los medios de comunicación nacionales e internacionales, la "declaración" de la Sala es la ley, tout court.

En resumen: en realidad la Sala no hizo lo que dijo hizo, pero vendió la idea y logró muchas felicitaciones –hasta de sus detractores políticos en la Asamblea–  ;)

Personalmente rechazo la violencia abyecta y sociópata de las pandillas, coincido con algunos argumentos de la Sala en su análisis sobre las el accionar de estas, pero creo inoportuno e improcedente que se pronuncie en una sentencia sobre un tema tan complejo -sin requerimiento previo- por consideraciones coyunturales, políticas, subjetivas o para lograr el favor de la opinión pública, cayendo en una subespecie del populismo punitivo sin tener en cuenta las posibles consecuencias e invadiendo una discusión que debería ser resuelta políticamente.

No sé si los juzgadores se movieron motivados por la emocionalidad y la impotencia ante lo que ocurre, o por el "hay que hacer algo" o por la presión que sufre el judicial al ser señalado como el eslabón débil de la lucha contra la delincuencia. En cualquiera de los casos, no es lo que se espera de un tribunal constitucional, por naturaleza, elevado sobre lo coyuntural.

El fenómeno de las pandillas, del que se suele limitar la mirada hacia la violencia que generan, es quizás uno de los problemas más complejos que la sociedad salvadoreña debe resolver, no se trata sencillamente de un grupo delimitado y cerrado personas actuando de manera violenta y conjunta, tras de ellos hay un complejo y nebuloso entramado de relaciones sociales, familiares, grupales, comunitarias y hasta políticas, por lo que tratar de englobar todo el fenómeno bajo una etiqueta -one size fits all- es un ejercicio necio y poco reflexivo.




Es innegable que las pandillas son responsables de gravísimos hechos de violencia, muchos de los cuales son cometidos para generar efectos intimidatorios en la población y para presionar a las autoridades,  hechos que pueden ser encuadrables es una definición genérica de terrorismo. Sin embargo, no se trata solo de un ejercicio legal, sino de uno eminentemente político y estratégico: es una carta demasiado peligrosa para jugarla a la ligera pues es una de las últimas fronteras de las definiciones penales, después de eso, la demonología.




Una de las consideraciones a tener en cuenta es el frecuente efecto perverso de las definiciones al convertirse en profecías de autocumplimiento (self fulfilling prophecy) es decir, cuando el etiquetado, asume la identidad de la etiqueta impuesta. Ten cuidado con lo que deseas.  Algunos dirán “¿Y cuál es la diferencia?, al final, lo que ya hacen es terrorismo”, pues que simplemente, las cosas siempre se pueden poner peor si las fuerzas y nadie desea eso. Jugar esa carta es avanzar un peldaño más en la confrontación, que inevitablemente llevará a más violencia.

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¿Cuál fue la declaratoria real de la sentencia? básicamente que la LECAT es acorde con la Constitución en lo esencial, declaró inconstitucional una categoría jurídica indeterminada de las muchas que se impugnaron e hizo lo mismo con algunas penalidades, las que indicó a la Asamblea Legislativa revisar su proporcionalidad. Pero, al final del día, la posibilidad de que esta ley pueda ser usada arbitrariamente para fines de intimidación o represión política persisten. Ya tenemos antecedentes y es lo que como demandante contra esa ley perseguía evitar.

Y sí: sé que estoy, como casi siempre, en minoría...

24 de julio de 2015

Política Nacional de Justicia, Seguridad Pública y Convivencia (2014-2019)

Recientemente, durante la Rendición de Cuentas del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, realizada el día 21 de julio de 2015, se distribuyó la Política Nacional de Justicia, Seguridad Pública y Convivencia (2014-2019) la cual pueden descargar aquí.

Adjunto también el resumen ejecutivo del evento, pueden verlo aquí.