18 de marzo de 2008

Sobre el control judicial de la investigación en España

Nota tomada de El País 18/03/08

Los jueces de la Audiencia Nacional rechazan que los fiscales puedan ordenar investigaciones "paralelas"

Los magistrados sostienen que tal posibilidad daría lugar a "investigaciones paralelas con riesgo de solapamiento" con la investigación judicial

SERVIMEDIA - Madrid - 18/03/2008

Los jueces de instrucción de la Audiencia Nacional decidieron hoy rechazar de plano la posibilidad de que los fiscales puedan ordenar investigaciones penales cuando ya existe una judicialización del caso por parte de los magistrados.

Los jueces Santiago Pedraz, Fernando Grande-Marlaska, Fernando Andreu y Baltasar Garzón -Ismael Moreno está de vacaciones y Juan del Olmo se encuentra trabajando en París- aseguraron hoy a través de un escrito que la medida propuesta por el fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, daría lugar a "investigaciones paralelas, sin control judicial y con riesgo de grave solapamiento de la investigación dirigida por el juez".

Ésta es la reacción oficial de los jueces de instrucción de la Audiencia Nacional a la circular enviada ayer por Conde-Pumpido a todas las fiscalías de España, en la que invitaba a los fiscales a ordenar investigaciones a la policía judicial aunque un juez de instrucción ya tenga abierto un procedimiento por el mismo caso.

Los magistrados, que se reunieron hoy cerca de media hora en la Junta de Jueces, decidieron rechazar "toda posibilidad de aceptar como válidas las diligencia que, practicadas por el Ministerio Fiscal, no hayan sido previamente solicitadas y ordenadas por el juez de instrucción".

Garzón, Grande-Marlaska, Andreu y Pedraz recuerdan que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el juez de instrucción "es el único que dirige el procedimiento penal en fase sumarial".

En este sentido, señalan que el artículo 773.2 de la citada ley, que establece que "cesará el fiscal en sus diligencias tan pronto como tenga conocimiento de la existencia de un procedimiento judicial sobre los mismos hechos", es "claro y contundente".

Pero los jueces van más allá y advierten de que las pruebas obtenidas en una investigación penal ordenada por la Fiscalía al amparo de la instrucción de Conde-Pumpido podrían "estar afectadas de nulidad" de cara a la celebración de un juicio.

Por último, los magistrados decidieron comunicar su postura a la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), así como a las Juntas de Jueces de toda España.

4 comentarios:

  1. Es interesante ver las discusiones que se dan allí y reflexionar cómo puede ser que existiendo diferencias tan marcadas con la legislación latinoamericana en materia de proceso penal, donde la mayoría de los países de aquí han transitado hacia sistemas con mayores atribuciones y facultades para los MPs y hacia jueces menos inquisidores, sigamos teniendo a España como la meca en capacitación judicial en muchos lugares...

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  2. Querida Lety, estoy de acuerdo con vos. Particularmente pienso que tenemos discusiones más avanzadas sobre cuestiones procesales y reforma de la justicia que en España. Particularmente estoy en contra de la figura del Juez Instructor, en su versión más inquisitiva, pero sí estoy a favor del papel de juez como garante de transparencia y respeto de derechos, a veces es muy fácil confundir los perfiles. Digo esto porque en El Salvador se discute un proyecto de Código Procesal Penal, que da manos libres de control judicial a la acción de los Fiscales y, aunque quienes lo impulsan sostienen que es un proceso más acusatorio y adversarial, creo que no es una cuestión de modelo sino de contexto , donde el intervencionismo del Órgano Ejecutivo ha contaminado la acción del Ministerio Público y lo ha convertido en su oficina de persecuciones interesadas o de conveniente impunidad.

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  3. Anónimo11:17 a. m.

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  4. En Guatemala, el modelo de justicia, del inquisitivo al acusatorio, continuo con los mismos niveles de impunidad, o más, 99% de impunidad en los homicidios, y 100% de impunidad en crímenes internacionales. El contexto inquisitivo persiste, aún con el cambio de modelo. Parece ser, que el modelo responde al contexto de la correlación de fuerzas sociales, es decir, si quien prevalece es el crimen organizado, la corrupción, etc., o las fuerzas democráticas. Tanto perfeccionar los códigos hacia lo acusatorio, con las mejores fórmulas de indepedencia judicial, pero con realidades marcadas por quienes ostentan el poder real. Considero que importante enfrentar, más, las prácticas que los formalismos. Antes que un modelo para distintas realidades en un mismo país, contextualizar para diseñar, si correspondiere, los modelos con criterios de coordinación.

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