16 de septiembre de 2008

El debate sobre el proyecto de Código Procesal Penal: Noticias

Martes, 16 de Septiembre de 2008 / 11:58 h

Juristas piden estudiar proyecto de Código Procesal Penal

Leonor Cárdenas
Iván Escobar
Redacción Diario Co Latino

Representantes de la Mesa Permanente por el Estado de Derecho y la Justicia Penal, solicitaron a la Asamblea Legislativa, estudiar el nuevo proyecto de reforma al Código Procesal Penal, antes de ser aprobado por el órgano legislativo.

Francisco Eliseo Ortíz Ruiz, presidente del Instituto de Estudios Jurídicos (IEJES), manifestó que antes de aprobar las nuevas reformas al Código Penal, es necesario que éste sea discutido por todos los gremios jurídicos del país. “Estamos de acuerdo con que necesitamos un nuevo Código Procesal Penal, pero aún no se ha discutido qué tipo de Código es el que necesitamos, es decir, en términos macro es necesario que el sector conozca qué medidas vamos a tomar para paliar o resolver el problema de la criminalidad”, agregó Ortíz. Según el jurista, el proceso de reformas al Código Penal, ha pasado por dos etapas, ya que en noviembre del año pasado, el Ministerio de Seguridad y Justicia presentó un proyecto, el cual fue rechazado por la comunidad jurídica por no cumplir en su totalidad con los requerimientos de la Ley Procesal Penal.

“Nuestra petición es que se nos permita discutir las nuevas reformas antes de ser aprobadas, a efecto que se garantice que el nuevo proyecto del Código Procesal Penal, va a ser una propuesta conforme a la Constitución de la República y acorde a una justicia democrática que corresponde a un Estado de derecho”, señaló Ortíz.

La nueva propuesta de reformas al código ha sido elaborada por una comisión de tres jueces convocados por la Comisión AD HOC de la Asamblea Legislativa. “Ellos decidieron convocar una comisión para la elaboración de las nuevas reformas, las cuales son distintas a las que nosotros le hicimos observaciones en el transcurso de este proceso”, agregó.

Esta mañana, por su parte, el Foro para la Defensa de la Constitución, presentó una pieza de correspondencia en la Asamblea Legislativa, con la cual piden a los diputados aprobar un Código que sea acorde a la Constitución de la República y sobre todo respete la integridad de las personas.

José María Méndez, del Foro, manifestó que “es necesario que la Asamblea dé a conocer el nuevo proyecto de Código Procesal Penal, sabemos que el proyecto presentado por el Ministerio de Seguridad ha sido desechado pero que se está preparando un nuevo proyecto que queremos conocer para que no se vayan a cometer violaciones a la Constitución”.

El Foro espera que la Asamblea retome esta propuesta y establezca un mecanismo de debate y discusión de la temática a fin de garantizar la transparencia en el proceso de redacción del proyecto. El FMLN respaldó la iniciativa.

El debate sobre el Proyecto de Código Procesal Penal: Opiniones de la Comunidad Jurídica

Martes, 16 de Septiembre de 2008 / Diario CoLatino

La inminente aprobación del Código Procesal Penal

Jaime Martínez Ventura
Abogado*

Gracias a la labor de los medios de comunicación y no por el cumplimiento de la obligación constitucional que tienen las instituciones y funcionarios de gobierno, de realizar sus actos de manera pública y transparente, la población en general ha tenido cierto conocimiento que desde el año pasado y en el transcurso de éste, el Gobierno actual, a través del Ministerio de Seguridad y otras instituciones relacionadas con la justicia, han venido impulsando la aprobación de lo que ellos denominan un nuevo código procesal penal, como parte de la insistente y fracasada política criminal primordialmente punitiva, ante la grave situación de criminalidad y violencia que aqueja al país.

Gracias a la labor de los medios y de los diversos análisis y eventos realizados por un amplio número de instituciones y organizaciones de todo tipo como Facultades de Derecho de prestigiosas universidades, entre ellas la Universidad de El Salvador y la Universidad Evangélica, las asociaciones de abogados, institutos de investigación jurídica, organizaciones de derechos humanos, y otras que se pronunciaron en contra de esa propuesta legislativa, trascendió al conocimiento público que ese proyecto adolece de una serie de defectos técnicos jurídicos, atenta contra garantías constitucionales del debido proceso penal, atenta contra el espíritu y letra de los Acuerdos de Paz y las recomendaciones de la Comisión de la Verdad.

Más grave aun, pretende convertir a la Fiscalía General de la República, en el amo y señor del proceso penal, al trasladarle funciones que por esencia pertenecen a los Jueces, con lo que se atenta contra los principios republicanos de separación de poderes y del papel de los jueces como garantes de la Constitución y de los derechos humanos.

Debido a ese amplio rechazo, la Asamblea Legislativa, desarrolló un seminario taller sobre el mencionado Proyecto, en un hotel capitalino los días 20 y 21 de mayo de 2008, en el cual los participantes por unanimidad recomendaron que dicho proyecto no fuera aprobado y se enviara al archivo, por las razones que fueron expuestas.

Ante este resultado, los diputados(as) se vieron obligados a detener el proceso de discusión y decidieron integran una Comisión Ad Hoc, con representación de un diputado por cada fracción legislativa. Esta comisión, a su vez nombró a una “Comisión Técnica”, conformada por un grupo de juristas destacados pero que no representan totalmente el pluralismo del pensamiento jurídico del país, para revisar el proyecto indicado o para la elaborar otra propuesta que superara las observaciones realizadas.

Durante los días posteriores se tuvo conocimiento que la referida “Comisión Técnica”, funcionó con total hermetismo y con injerencia de personajes vinculados a la contrarreforma penal macro-penalista y autoritaria que también estuvieron vinculados en la elaboración del Proyecto rechazado por la comunidad jurídica. Ahora, tres meses después, dicha “Comisión Técnica”, presentó un supuesto nuevo proyecto al que denominan “Proyecto Alternativo del Código Procesal Penal”, el cual ha sido analizado y discutido por los diputados integrantes de la Comisión Ad Hoc, en reuniones realizadas los días jueves 11, viernes 12, jueves 18 y viernes 12 de septiembre, en el Hotel Alicante de la localidad de Apaneca.

Ese llamado “Proyecto Alternativo”, aparentemente es mejor que el anterior, porque se ha presentado como una propuesta que se basa en el Código Procesal Penal actual, que busca equilibrar la eficiencia penal con las garantías de las personas imputadas; con arraigo en nuestra idiosincrasia jurídica, sin costos de capacitación por tratarse de un proceso ya conocido, y sin necesidad de romper con toda la estructura del proceso penal actual. Sin embargo, lo que no se dice claramente es que como el supuesto “Proyecto Alternativo” está basado en el actual Código Procesal Penal, ha heredado los gravísimos defectos de su predecesor, siendo el más preocupante, las más de 200 reformas que le fueron incluidos mediante 19 decretos de reforma aprobadas entre 1998 y 2007.

En pocas palabras, no es realmente una propuesta alternativa en el sentido de ser algo distinto a la legislación anterior, sino más bien es un proyecto que de ser aprobado vendría a sistematizar y a legitimar todo el proceso de contrarreforma autoritaria con que fue desnaturalizado el Código Procesal Penal vigente desde marzo de 1998.

Lo más preocupante es que se ha tenido conocimiento que los partidos políticos de derecha con representación en la Asamblea Legislativa, haciendo uso de sus conocidos métodos autoritarios de imponer la aritmética política contra toda razón, dado que sus votos suman mayoría simple, suficiente para la aprobación de leyes secundarias, desde hace varias semanas habían tomado la decisión a espaldas del pueblo, de proceder a la aprobación del proyecto de Código Procesal Penal, haciendo caso omiso de las observaciones y recomendaciones de las diferentes organizaciones e instituciones que participamos en los espacios de consulta y, por lo tanto, el nombramiento de la mencionada “Comisión Técnica”, fue sólo una táctica encubridora de sus verdaderas intenciones.

Todo parece indicar, como lo comentó el amigo Magistrado Eliseo Ortíz en una de las reuniones de análisis de este supuesto “Proyecto Alternativo”, que como la primera propuesta de nuevo Código Procesal Penal era un monstruo impresentable, un Frankenstein que causaba horror con sólo mirarlo, ahora se nos presenta una versión amigable, una especie de Drácula de modales finos y bien vestido pero que en el fondo también es un monstruo que terminará chupando la sangre de la poca justicia que tenemos.

* Miembro del Consejo Latinoamericano del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales, INECIP. Secretario de la Asociación de Abogados Democráticos de El Salvador. Miembro del movimiento “Unidad de Abogados por la Justicia y la Democracia, UNAJUD”, y miembro de la “Mesa Justicia Penal y Estado de Derecho”.

9 de septiembre de 2008

De nuevo con las escuchas telefónicas

De nuevo, tenemos en la agenda de los medios dominantes la cuestión de las intervenciones telefónicas. A veces me late que el asunto no es tan espontáneo y que más bien es una discusión para ser utilizada como trampa para aquellos que se oponen a esta práctica. En las noticias de este día se destaca la elaboración de una ley para tal fin, que está siendo preparada por la Asamblea Legislativa para implementarla una vez ratificado el Acuerdo de Reforma Constitucional existente sobre la materia, es decir, se da por inminente tal ratificación.

Como ya lo he expresado en un post previo, creo que las escuchas telefónicas son una importante herramienta de investigación criminal. Ello me ha valido las justificadas críticas de algunos amigos y amigas, que me han hecho recapacitar en el asunto.

Las escuchas telefónicas deberían ser un instrumento excepcional y limitado a ciertas circunstancias de gravedad. Esto, en el ideal de los mundos. Aunque en el plano técnico podamos estar de acuerdo con la intervención telefónica en términos generales, ello va cambiando si hilamos más fino. La primera gran objección es contundente: el contexto.

Cuando escribí el primer post sobre esta materia, estabamos en enero de 2007. Luego de los acontecimientos del 2 de julio de ese año (caso Suchitoto) -cuando el Ejecutivo y la Fiscalía demostraron que la detención arbitraria y antojadiza de opositores políticos es una opción, ante el servilismo del Órgano Judicial y la absoluta ineficiencia en la protección de derechos de las personas-, mi forma de pensar se ha cambiado radicalmente. Mientras no exista un control democratico y eficaz de las violaciones a los derechos humanos y mientras se tenga un Fiscal General que más bien parece un promotor de la impunidad y de la persecución por arbitrio político del Ejecutivo, las escuchas e intervenciones telefónicas pueden ser un instrumento fatal para la libertad de expresión, pensamiento e intimidad de los ciudadanos y se podrían convertir en instrumentos de control de rasgos totalitarios.

La segunda, y no menos importante objección, es la que tiene que ver con la pésima redacción del acuerdo de reforma constitucional del Art. 24 que se encuentra pendiente de ratificación de la Asamblea Legislativa y que fuera presentado a iniciativa de la bancada del Partido en el gobierno, ARENA.

Tal como se puede apreciar, el ánimo de exahustividad de la redacción -contraria a la redacción constitucional tradicional, más genérica-, que pretendía "cerrar" el catálogo de opciones en los cuales se puede aplicar este método extraordinario, resulta ser demasiado amplio, además de contrario con la idea de excepcionalidad y aplicación a delitos realmente complejos.

Cuando se redactó el acuerdo, no existían formalmente la ley antiterrorista ni la ley contra el crimen organizado, mismas que hemos criticado aquí por su amplitud interpretativa y posibilidad de uso arbitrario e interesado. Pues bien, las categorías terrorismo y crimen organizado aparacen mencionadas en el acuerdo de reforma. Si vamos a entender como tales lo que las leyes citadas disponen, entonces estamos en serio peligro.

Creo que la oposición legislativa no debe ceder a las presiones y chantajes, negandose a dar los votos para la mayoría calificada que se requiere. De lo contrario, estarían poniéndonos a la ciudadanía en la bandeja de plata del control autoritario.

7 de septiembre de 2008

El debate sobre el proyecto de Código Procesal Penal III. Nueva versión del Proyecto

Perdonen la falta de continuidad a esta saga. Lo cierto es que de un momento a estos días, todo el mundo calló, o al menos, se replegó (por ambos bandos) del debate, dado que la campaña política preelectoral se ha comido la agenda mediática. Lo cual, si bien para algunos esto es un respiro, para otros es la oportunidad de replantearse estratégicamente. Pues bien, en la Asamblea Legislativas, cansados de tanta crítica al proyecto, nombraron una comisión especial de reconocidos juristas orientada a replantear y enderzar el polémico proyecto legislativo y hacerlo más potable.

Conozco a algunos miembros de dicha comisión, pero me reservo sus identidades, dado que ésta no ha trascendido oficialmente. Mal haría en exponerlos por otras vías. Lo que sí puedo decir es que de un par de ellos, me constan sus elevadas credenciales académicas en el ámbito de las ciencias penales, además de que alguno de ellos fuera uno de los principales interlocutores desde el lado crítico al proyecto.

Fuera de lo anterior, lo que uno ve es que siempre el asunto va en secreto. Nadie sabe, nadie supo. Es decir, a pesar de que incluir opiniones calificadas y especializadas es un aspecto que contribuye a una mejora de la propuesta legislativa, la forma secreta de su realización solo legitima el esquema de cómo hasta ahora se ha manejado este delicado tema.

El asunto de fondo no se ha tocado: la necesaria publicidad de este proceso hacia la comunidad jurídica y hacia la sociedad en general, para una correcta determinación de necesidades a solventar y alcances a cubrir, no solo en el aspecto legal, sino en el conjunto del sistema penal. Sin esta participación, las decisiones seguirán siendo imposiciones de agendas que no necesariamente son compatibles con los verdaderos problemas de la justicia penal ni con la agenda del público, lo cual le resta legitimidad y credibilidad.

El viceministro Astor Escalante, ha manifestado en diferentes foros donde se ha discutido esta iniciativa que este proyecto ha sido más discutido que los proyectos de legislación penal ahora vigente. Si bien, él se basa en el dato de que existe un mayor nivel técnico de discusión entre los operadores de justicia -que no se daba hace más de diez años- las circuntancias son muy distintas y poco comparables. Omite mencionar que el proceso de difusión de los anteproyectos y proyectos llevaron cerca de cuatro años, en los cuales, el Ejecutivo imprimió y distribuyó la iniciativa a la comunidad jurídica para su conocimiento. Ahora, es la comunidad jurídica la que discute y reclama participación, mientras que las entidades oficiales se encierran en el secretismo.

Bueno, según me cuentan, es tarde para la participación. Si mis fuentes no me fallan, el proyecto de Código Procesal Penal será aprobado probablemente en la primera quincena del mes de septiembre. Otro madrugón.

Bueno, esta larga lamentación es para anunciarles que ponemos a su disposición una reciente versión del Proyecto de Código Procesal Penal correspondiente a la primera semana se septiembre de 2008.

1 de septiembre de 2008

Más información sobre homicidios en El Salvador

Por fín, con la tecnología adecuada, he logrado subir a la web dos documentos de estadísticas: los anuarios estadísticos sobre homicidios del Instituto de Medicina Legal de los años 2005 y 2006. Haz clic en cada uno de los años para ver el informe respectivo.

Espero sean de su utilidad.

18 de agosto de 2008

Estrenándonos en el Podcasting!!!

Aprovechando la presencia en el país de la Dra. Azun Candina, historiadora, chilena y una reconocida estudiosa de la cuestión policial en América Latina, este servidor de todos ustedes, realizó una breve entrevista a la Dra. Candina la cual nos permite hoy, con todo lujo, estrenarnos en el podcasting. Lastimosamente, aún no manejo completamente bien la grabadora digital, por lo oirán en la reproducción algunos pasajes un tanto metalicos, al estilo Darth Vader. Puedes escuchar la entrevista aquí.

7 de agosto de 2008

Nota Luctuosa

Estimados y estimadas:

Esta nota es para los amigos y amigos penalistas, para comunicarles el fallecimiento, hoy 7 de agosto, del gran penalista chileno Juan Bustos Ramírez, uno de los especialistas más reconocidos del derecho penal de habla hispana.

Si bien, hace mucho tiempo mis pasos se desviaron del derecho penal hacia la sociología jurídico penal y, de ahí, a la política criminal. Recuerdo con cierta nostalgia aquellos años en que, mozuelos aún, teníamos el ánimo de chocar con la cabeza contra el muro de la dogmática penal y cómo no recordar aquella célebre ponencia del Dr. Bustos en San Salvador (¿1994 ó 1995?) sobre los Principios de la Política Criminal, que aún sigue jugando un papel importante en nuestra visión sobre cómo debería ser este campo de la gestión de la violencia estatal. (ah, cuánto tiempo, en aquellos días, el Ministerio de Justicia reproducía estos textos y los distribuía. Cómo han cambiado las cosas: para mal)

Me he enterado de este suceso por el blog de mi estimado amigo Alberto Bovino. Pueden ver el post aquí.

4 de agosto de 2008

(Paréntesis)

Abro un paréntesis antes de continuar comentando el debate sobre el Proyecto de Código Procesal Penal.

El Lunes pasado, el períodico digital El Faro, publicó un impactante reportaje intitulado: Los testigos falsos de la Fiscalía, elaborado por Daniel Valencia. A quienes no lo vieron, les recomiendo que lo lean, es impresionante.

A raíz de tal reportaje, escribí unas palabras como lector del mencionado períodico, las que transcribo a continuación:

En primer lugar, felicitaciones por tan valiente reportaje. Lo que cuenta Daniel Valencia es indignante y escandaloso. Tal como ha sido planteado ¿cuantas personas han sufrido detención provisional o hasta sentencias condenatorias con dichas practicas ilícitas? En un país decente los fiscales y policías involucrados serían objeto de investigación y proceso penal, además de las responsabilidades administrativas correspondientes. Las personas afectadas injustamente podrían reclamar una indemnización y el Fiscal General –que admite saber de la práctica- sería retirado de su cargo. Pero tal como son las cosas en El Salvador, uno no puede esperar mucho de las instituciones si miembros de partidos políticos las presiden y son cubiertos desde el congreso por los mismos partidos a los que pertenecen.

Hace algunos meses algún medio hacía escándalo por la exigencia de ciertos tribunales de develar la identidad de los testigos protegidos, para que estos mostraran su rostro en la audiencia, acusando a los juzgadores de ser los culpables indirectos de la muerte o peligro posterior sufrida por los testigos delatados. El reportaje de El Faro muestra las irregularidades que podrían cometerse y que comprometen seriamente la justicia y la verdad, así como la libertad de imputados bajo acusaciones y testimonios falsos.

Un testigo corre riesgo porque si presenció realmente hechos o sabe cosas, los verdaderos delincuentes intentarán evitar que declare ante las autoridades. Un testigo falso corre riesgo por prestarse a dar declaraciones falsas por dos circunstancias: porque los verdaderos delincuentes al atentar contra él, fortalecen su calidad, desviando así la atención de los verdaderos móviles y circunstancias o, por otro lado, puede correr peligro como producto de una venganza privada de quienes se ven afectados por sus declaraciones ilegítimas.

Estas prácticas son productos concomitantes de la entrega de facultades extraordinarias a los fiscales y policías y de la falta de controles establecidos sobre estos, esquema que el proyecto de Código Procesal Penal busca ampliar y profundizar. El reportaje es una seria advertencia de lo que sería un proceso penal sin control, tal como ha sido propuesto y se discute ahora en la Asamblea.

Finalmente: unas preguntitas ¿En qué consistían las coacciones a los testigos forzados? ¿Se tranza la impunidad de ciertos hechos a cambio de testimonios? ¿Se les amenaza con involucrarlos en otros delitos? ¿Eran imputados “criteriados” en otros procesos?

Edgardo Amaya
Tanto esta nota, como muchas otras reacciones por el reportaje han sido publicadas en la edición de esta semana. Las puede ver haciendo clic aquí.

31 de julio de 2008

El debate sobre el proyecto de Código Procesal Penal II. La (ir)racionalidad económica

Resulta preocupante que el proyecto de Código Procesal Penal transforma el esquema de competencias judiciales actuales, reduciendo a su mínima expresión la participación de los jueces de paz, trasladando el conocimiento de los casos directamente a los “jueces de la etapa preparatoria” forma en cómo se denominaría a los actuales jueces de instrucción.


El modelo de competencias actuales –aun de los defectos de distribución territorial y de cargas de litigación entre las diferentes unidades jurisdiccionales que han sido previamente diagnosticadas y documentadas- ha facilitado en alguna medida el acceso a la justicia, en tanto, hay una representación judicial en cada municipio del país, no así de los juzgados de instrucción o mixtos, generalmente concentrados en las principales ciudades y en zonas urbanas. Adicionalmente, los juzgados de paz evacuan una significativa proporción de casos mediante la aplicación inmediata de facultades de terminación ordinaria o alterna.


Sobre lo anterior, los defensores del proyecto –alegando razones de economía– se adscriben a la idea de eliminar el número de jueces que conocen de los procesos penales, recurriendo a algo que a mi forma de ver es un sofisma –bastante burdo, por cierto–: alegan que es un despilfarro que un proceso sea conocido por cinco jueces: el de paz, el de instrucción y tres de sentencia. Lo burdo y superficial de este planteamiento le resta seriedad alguna como propuesta de política pública.


La mentira de tal sofisma reside en el hecho de considerar que todos o la mayor parte de los procesos penales siguen la ruta de un proceso ordinario, es decir, desde la Audiencia Inicial en juzgado de Paz, hasta la Vista Pública en el Tribunal de Sentencia actuando de manera colegiada. Nada más alejado de la realidad: los procesos ordinarios son una minoría que no supera el 7% del total de casos originalmente judicializados. Casi un 60% de los casos se resuelven en Audiencia Inicial y el resto, durante la instrucción o en la Audiencia Preliminar.


No soy un experto económico, por ello, la sensatez me indica que la reducción de costos en la administración de justicia debería venir respaldada del consejo experto de econometristas de procesos, ingenieros industriales y evidencia empírica de estadísticas, antes que de burdas ocurrencias.

Mi experiencia, si para algo cuenta y vale, me ha mostrado que la mejora de los tiempos y eficiencia de los procesos tiene que ver con abordajes institucionales de reorganización administrativa, adopción de economías a escala en la gestión judicial, la ruptura del modelo celular de despacho judicial, por la implementación de juzgados pluripersonales, más que con transformaciones normativas per se.

Lo que sí es cierto, es que en la medida que el proceso cuente con salidas alternas, la cantidad de tiempo de conocimiento judicial puede reducirse, y son los mismos que han propiciado el cierre de salidas alternas y la conversión del proceso penal en un embudo, quienes ahora piden respuestas económicas.

Sobre esto hay algunos elementos que valorar: se pone en evidencia una de las debilidades de la independencia judicial orgánica: la posibilidad de injerencia del Ejecutivo y el Legislativo en el diseño orgánico del Judicial. Mientras que el Ejecutivo se autogestiona con su Reglamento Interior y lo mismo hace el Legislativo mediante su Reglamento Interno, la Ley Orgánica Judicial que rige el diseño interno de ese Órgano de gobierno, puede ser modificado por el ejercicio de iniciativa de ley de Ejecutivo y el Legislativo, tal como se puede visibilizar a partir de las transformaciones propuestas por el proyecto de CPP. (Abro paréntesis: existe una sentencia en un proceso de inconstitucionalidad sobre la Ley de Casación, en la cual, la Sala de lo Constitucional abre la puerta para estas circunstancias, entregando su margen de independencia y su control de la política procesal y judicial)

En buena medida, las críticas anteriores se orientan a la necesidad de rigurosidad y coherencia en las propuestas de políticas públicas de trascendencia. El Órgano Judicial gestionó un préstamo de algo más de US$18 millones, ante el Banco Mundial para echar a andar un Proyecto de Modernización Judicial, el cual incluye un proceso de recomposición administrativa y territorial mediante la contratación de servicios técnicos especializados e inversiones en infraestructura para tal fin. La propuesta de reforma de la justicia penal actual, pasa por encima de este proyecto, mostrando así no solo su incoherencia respecto de otras políticas públicas, sino su raigambre autoritaria.

26 de julio de 2008

El debate sobre el proyecto de Código Procesal Penal I. Los (des)propósitos de la reforma

En primer lugar, mis disculpas, por no haber actualizado este blog tanto como quisiera, pero después de una mudanza, un parto (no mío, de mi esposa) y cambios de trabajo, la cuestión no ha sido fácil. Pero aquí estamos de vuelta, espero que con mejores chances de actualizar de ahora en adelante.

Por motivos profesionales he participado en diferentes actividades de discusión sobre el Proyecto de Código Procesal Penal. Dentro de los organizadores de dichos eventos destacan diversas asociaciones de jueces y la Facultad de Derecho de la Universidad de El Salvador.

Como he tenido oportunidad de expresarlo antes, uno de los méritos de este debate es que esté siendo liderado, en parte, por una Facultad de Derecho, por la Academia, actor generalmente ausente y a la saga de los acontecimientos en los procesos de reforma judicial previos. Igualmente, es muy grato ver el nivel de involucramiento de la judicatura participante en esta discusión, a la que agregan rigor técnico y una postura comprometida con los derechos constitucionales y los derechos humanos.

En dichos eventos he podido compartir espacio –la mayor parte de veces– con detractores del proyecto, sector en el que me ubico y que en esta coyuntura considero como mayoritario; como con algunos de sus impulsores o defensores, y en el transcurso de estos espacios se escuchan y aprenden cosas muy interesantes para extraer algunas reflexiones, las cuales iré, por efectos de espacio y cultura blogger, posteando en pequeñas entregas.

En principio, no he sido partidario de discutir el contenido del proyecto, porque antes parece más sensato preguntarse el por qué del cambio, cuáles son las premisas técnicas y empíricas con que se supone, se justificaría, cuáles son las implicaciones en términos organizacionales para cada una de las instituciones del sector justicia involucradas, cuáles son los objetivos o posibles efectos político criminales de esta iniciativa. De hecho, una de las múltiples críticas que se plantea a dicho proyecto es la ausencia de una exposición de motivos que clarifique algunas de las cuestiones antes planteadas.

En este sentido, vale hacer un parangón con las políticas económicas y ver que los tomadores de decisiones en esta materia se mueven en un intrincado ajedrez de variables (deuda pública, déficit, presión tributaria, etc.) con las que tienen que tomar la decisión más precisa para el logro de sus objetivos, misma que debe ser bendecida por los actores económicos. Lamentablemente en materia de política criminal pareciera que el rigor no es, ni lejanamente el mismo, y de esa suerte, puede cualquier político histérico hacer propuestas irresponsables o antojadizas como leyes de mano dura y otras ocurrencias, sin tomar en cuenta que lo que se pone en juego en la política criminal es la libertad, la seguridad y hasta la vida de la ciudadanía.

Pero no, se sigue poniendo la yunta delante de los bueyes y se lanzan sobre la iniciativa sin una discusión previa con los operadores sobre los aspectos claves de transformación y antes de corregir las graves falencias institucionales como la impunidad en la investigación criminal y las políticas incoherentes de seguridad de tipo mano dura que han llevado a la justicia penal a su estado actual. En alguna medida, discutir sobre el contenido del proyecto, si bien es válido, nos desvía de aquellos problemas. Esta es una trampa metodológica.

La segunda trampa metodológica tiene que ver con la forma en cómo se ha manejado esta iniciativa: se presentó este antreproyecto de Código Procesal penal, inconsulto, hecho en secreto en la Unidad Técnica Ejecutiva (UTE), directamente a la Asamblea. El magistrado Ulices del Dios Guzmán, que aparece dentro del bloque promotor de la iniciativa, admite que la presentación no fue parte de un acuerdo de la Comisión Coordinadora del Sector Justicia, sino una decisión unilateral. El mismo magistrado admite ahora también no estar de acuerdo con el ahora proyecto de código en la forma en cómo quedo planteado al final. La trampa consiste en que ahora se debe discutir sobre la base de ese proyecto, es la única opción que se ofrece.

Este proyecto de reforma, a mi forma de ver cumple con varios objetivos tácitos. Pongamos los puntos sobre las íes:

  • Convertirse en un nuevo caballito de batalla para el logro de réditos electorales, tal como se hizo con la ley antimaras, nada más que ahora el chiste lo quieren permanente.
  • Sacarse de encima y controlar lo más posible a los jueces, sector que mayoritariamente –salvo deshonrosas excepciones- ha mostrado independencia, cuestión que no le gusta a las visiones más autoritarias de la clase política.
  • Seguritizar la justicia. Volverla un instrumento de la seguridad y no, la seguridad como auxiliar de la justicia.
  • La devaluación de los estándares de protección de derechos y garantías a voluntad de la Policía y la Fiscalía
  • Tener una herramienta flexible que permita mantener los casos discrecionalmente a fuego lento cuando así convenga.
  • Crear nuevos mecanismos de impunidad mediante la ampliación del criterio de oportunidad y la eliminación de la excepción del doble juzgamiento que se refiere a la circunstancia de “hechos nuevos”, eliminación pseudogarantista que podría ser usada a favor de funcionarios públicos corruptos para que no puedan ser nuevamente perseguidos aunque se encuentren nuevas evidencias (saluditos a Mario Orellana)

Además de las motivaciones locales, el proyecto de código también tiene cola en el ámbito geopolítico. La cosa no es tan simple. En alguna medida esta reforma parece muy cercana a la reciente reforma de la justicia penal colombiana, en la cual, aprovechando los vientos reformistas, con mala leche se metieron todas las leyes especiales en las nuevas legislaciones, de la misma manera en cómo aquí, el proyecto de Código Procesal Penal introduce la Ley contra el Crimen Organizado y Delitos de Realización Compleja y disposiciones de la Ley Antiterrorista.

Lo anterior no es casual, se coloca en el marco de dos países con gobiernos conservadores donde la influencia política de la nación del norte es marcadamente fuerte.

Por otro lado, no se puede dejar de mencionar el expreso llamado hecho por el Embajador de los Estados Unidos en El Salvador para que se aprobara el Proyecto de Código Procesal Penal y la Ley de extinción del dominio en su discurso de marzo 2008 ante la AmCham (léanlo en lo referente a justicia penal y seguridad. No tiene desperdicio), y como lo ha dicho el embajador, es palabra sagrada y sabia, piensan muchos. Vale decir de paso que la cooperación de ese país, habría contratado ya una empresa consultora para echar andar la implementación del Código Procesal Penal y no creo que quieran quedarse con el gastito hecho. (¿las mayorías siempre ganamos?)

En los próximos post iremos presentando algunos de los mitos de esta propuesta de reforma que ofrecen sus promotores y los argumentos que se les contraponen.

22 de julio de 2008

Estadísticas Homicidios y Accidentes de Tránsito 2008

Hola,

subo las estadísticas del Instituto de Medicina Legal (encargado de homolgar las cifras de homicidios junto con la Policía y la Fiscalía) sobre homicidios y accidentes de tránsito del año 2007 y del 1º de enero al 31 de mayo de 2008. Solo haz click aquí.

15 de julio de 2008

FLACSO Chile: Nuevas publicaciones

El Programa Seguridad y Ciudadanía de FLACSO-Chile con el aporte de Fundación Open Society (OSI), ha publicado el Reporte del Sector Seguridad en América Latina y el Caribe 2008. El trabajo de investigación, que se compone de tres libros, busca profundizar aspectos de la reforma de este sector analizando la situación y desafíos de la Defensa y la Seguridad Pública.


El primero corresponde a ¿Construyendo confianza? Fronteras, FFAA y Política en América Latina (Briones, S. y Álvarez, R. 2008), que estudia la situación de la seguridad entre los países de la región desde el punto de vista de las diferencias fronterizas y los intentos por resolverlas. Esta investigación profundiza en los medios para aproximarse a la caracterización de conflictos limítrofes en América Latina. También plantea la relevancia de las Medidas de Fomento de la Confianza y la Seguridad como herramientas de conciliación entre países. Adicionalmente intenta identificar qué tan relevantes han resultado estas últimas como medio de acercamiento entre países de la región.

Para descargar el documento favor haga click en la siguiente imagen.

o léalo en papel digital en http://issuu.com/flacso.chile/docs/rss_2008_1


Por su parte, Control, disciplina y responsabilidad policial. Desafíos doctrinarios e institucionales en América Latina (Arias, P. y Zuñiga, L. 2008) aborda aspectos centrales sobre los regímenes disciplinarios de instituciones policiales en siete países de la región. El libro contiene una aproximación teórico-conceptual sobre materias propias de la función y ética policial, así como una descripción del estado de situación en materia disciplinaria, tanto en los hechos como en los reglamentos específicos que la regulan. A partir de un análisis comparado entre los países, se elaboran propuestas para contribuir a mejorar aquellos aspectos que se presentan más deficitarios, en especial considerando el impacto que tiene en la ciudadanía el abuso de la fuerza y la corrupción.

Para descargar el documento favor haga click en la siguiente imagen.

o léalo en papel digital en http://issuu.com/flacso.chile/docs/rss_2008_2


Finalmente el tercer libro corresponde a ¿Políticas de seguridad a ciegas? Desafíos para la construcción de sistemas de información en América Latina (Dammert, L., Ruz, F. y Salazar, F., 2008), en donde se realiza un estado del arte acerca del sistema de estadística delictual en la región. El análisis se estructura a partir de dos tipos de instrumentos: el registro de denuncias y las encuestas de victimización e inseguridad para dar cuenta de sus principales características, fortalezas y debilidades. La intención es aportar a la discusión regional acerca de una de las áreas grises del sector, desde la perspectiva de incrementar la gestión democrática de la seguridad y calidad de las políticas públicas.

Para descargar el documento favor haga click en la siguiente imagen.

o léalo en papel digital en http://issuu.com/flacso.chile/docs/rss_2008_3

Para más antecedentes favor consultar a seguridadyciudadania@flacso.cl