29 de mayo de 2007

El GOES, ASDER y Chávez

La acción del gobierno venezolano de no renovar la licencia de RCTV ha levantado un escándalo en toda américa y otras regiones del mundo. No es para menos, pocos gobiernos se meten a pleitos con los medios de comunicación.

Como abogado me enseñaron a pensar que las cosas pueden explicarse por cualquier vía legal. Ello no implica que sean legítimas. En la facultad donde estudié, aprendí una categoría adicional de interpretación del hecho jurídico: el animus jodiendi, osea, que aunque legales, las cosas se hacen con motivos adicionales a la mera aplicación de la ley. Creo que es el caso de el gobierno de Venezuela y la RCTV, legal, pero discutible desde la perspectiva del animus jodiendi. En este sentido, el caso da visos de arbitrariedad y en consecuencia, debería ser sometido a revisión judicial local, y si no se confía en esta, recurrir a las instancias internacionales correspondientes.

Esta coyuntura nos muestra como nuestro gobierno, el salvadoreño, es una belleza: critica duramente la ineficiencia y la impunidad del sistema judicial guatemalteco, sugiere que el gobierno guatemalteco está afectado por el crimen organizado. Se razga las vestiduras por el caso de RCTV, emite condenas y de paso aprovecha para dirigir su dedo acusador a la oposición -acríticamente solidaria con el régimen de Chávez- Pero, este partido en el gobierno ¿no es el mismo que hostigó a las radios comunitarias a mediados de los 90?, ¿No es el mismo que gobierno que discriminaba en su pauta publicitaría a los medios considerados criticos o no afines a la línea gubernamental?, ¿Acaso no, la gran empresa, ha negado darle publicidad, o quitarsela, a medios no afines al gobierno?

Acusan al gobierno de Chavéz de querer cooptar todos los poderes del estado, ahora incluído, el denominado "cuarto poder" ¿Pero acaso no es eso lo que hace el partido de gobierno?

Condenan el cierre de un medio cuando en El Salvador se han asesinado periodistas, se han hostigado períodicos y medios disidentes o críticos a gobiernos de turno, como la bomba en la radio YSAX o el incendio del CoLatino.

Critican que la cancelación de la licencia de RCTV se base en una legislación arbitraria y ambigua, cuando aquí emiten una ley antiterrorista arbitraria y ambigua precisamente para aplicarla cuando sea políticamente conveniente.

"Con la misma vara que midas, serás medido"

"Chucho no come chucho"

"Candil de la calle, oscuridad de tu casa"

Dicen que a uno le caen mal las personas que tienen los mismos defectos que uno...

11 de mayo de 2007

Voto de confianza a Comisión Nacional de Seguridad Ciudadana y Paz Social

Nelson Flores, director del Centro de Estudios Penales de El Salvador y Edgardo Amaya, coordinador del Proyecto de Seguridad Pública.
Foto: Ronald Roque.

Gloria Silvia Orellana
Redacción Diario Co Latino 1o de mayo 2007

La Fundación para el Estudio y Aplicación del Derecho (FESPAD), otorgó un voto de confianza al trabajo que realiza la Comisión Nacional de Seguridad Ciudadana y Paz Social, y pidió el cese de especulaciones sobre sus recomendaciones.

La comisión de seguridad fue creada en diciembre del año pasado, por el presidente de la república, Elías Antonio Saca, en la que participan diversos actores de la vida nacional, quienes emitirán un Informe de política integral de criminalidad.

Edgardo Amaya, de FESPAD, agregó que la comisión desde su creación se ha constituido en un espacio “valioso”, donde se ha discutido desde otra óptica la política de criminalidad y seguridad, emanada desde el Órgano Ejecutivo por el Ministerio de Seguridad Pública y Justicia.

Amaya expresó que FESPAD se encuentra preocupada, por las críticas que recibió de funcionarios, parte del “informe no oficial” de la mesa de la comisión nacional de seguridad.
“¿Será ésta la receptividad que tendrá el documento una vez oficializado?

El exceso de especulación alrededor de un documento inacabado, no sólo es poco prudente sino que pone enrarecido el ambiente en el país”, opinó.

Asimismo, criticaron la “supuesta” intención del Ejecutivo de utilizar las propuestas de dicha comisión, para favorecer la agenda particular gubernamental.

“Tratarían de justificar el cambio al Código Procesal Penal y por esta vía , convertir este cambio normativo en un cumplimiento de las recomendaciones. Cuando se ha comprobado que el endurecimiento penal, lejos de mejorar la administración de justicia penal, la ha precarizado”, sostuvo.

Y argumentando investigaciones, Amaya explicó, que muchas veces la inaplicabilidad de la normativa no se debía, a vacíos legales, sino a la falta de inversión financiera, corrupción y falta de capacitación de los operadores de justicia.

"El Ministerio de Seguridad Pública y Justicia" ha impulsado reformas al código procesal penal que genera inseguridad jurídica o de inaplicabilidad judicial de las mismas, por los continuos cambio, en inseguridad jurídica a la población”, señaló.

FESPAD reiteró la oportunidad que tiene la comisión nacional, para llevar al debate público los temas más sensibles de seguridad ciudadana y la violencia criminal en el país.

“Nuestro llamado a un ejercicio transparente y participativo en el conocimiento y debate de los resultados finales del trabajo de la Comisión Nacional, una vez oficializados”, puntualizó Amaya.

10 de mayo de 2007

8 de mayo de 2007

Proyecto de nueva legislación penal

Decreto No. 666

Asamblea Legislativa

Considerando:

I- Que ya mucha fregadera (por usar palabras menos altisonantes) o tembladera de manos de los jueces para meter en chirona a tanto malacate que anda suelto fregando gente honesta, alegando tecnicismos y trinquetes de la legislación penal y procesal penal vigente.

II- Que ya nos aburrimos de hacer tanta reforma de letritas y frases.

III- Que ya nos aburrimos de leer tanto proyecto de ley hecho por consultores que no se les entiende.

IV- Que dado el achique de los tiempos parlamentarios por vacaciones anticipadas y puentes improvisados y la urgencia de un cambio normativo, hace obligatoria la máxima inversión del tiempo e inteligencia de los honorables diputados que somos.

POR TANTO,

en uso de sus facultades constitucionales y a iniciativa del Presidente de la República, por medio del Ministro de Seguridá Pública y Justicia,

Decretase la siguiente:

Ley penal condensada y resumida

Art. 1. De la Ley Penal Sustantiva.

Es delito todo aquella conducta, acción, discurso, gesto o apariencia que la Policía o la Fiscalía consideren a su criterio como tal. La pena imponible por dichos delitos no es excarcelable y durará un mínimo de cinco años y un máximo indefinido, establecido por los jueces.

Art.2. Del Proceso Penal

Los jueces de la república deberán condenar contundentemente toda acción delictiva así reputada por las autoridades encargadas.

Se omite la necesidad de juicio, para hacer más expedito el procedimiento y evitar incidentes relativos a derechos humanos que puedan surgir.

Art. 3. Del Tratamiento Penitenciario.

Toda persona condenada será llevada a un centro penitenciario a cumplir su pena. El estado proveerá el transporte a dicha instalación.

Se tendrá un criterio de carga máxima por centro penal, el cual se rige por el indicador del total de personas que quepan parados dentro de las cuatro paredes del recinto. En caso se llegar a carga máxima, se podrán usar instalaciones alternativas como contenedores de agua debidamente vaciados.

Una vez lograda una plaza en un centro penitenciario, sea por liberación, fallecimiento natural, provocado, inducido o por olvido, se trasladará al condenado según orden de llegada.

Art. 4. Disposiciones transitorias.

Las disposiciones de la presente Ley, por su carácter especial, prevalecerán sobre cualesquiera otras que la contraríen.

Derogase el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley Penitenciarias vigentes desde el 20 de abril de 1998.

Cualquier cuestión no prevista en esta normativa, es problema de la Corte Suprema de Justicia. Si se dejan.

Dado en el Salón Nacional el ________________________ de 2007.